REGISTRO DE ELECTORES ARGENTINOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR
(Ley 24.007 y decreto 239/2025)
Si querés
VOTAR POR CORREO
, tenés que inscribirte desde el 29 de mayo y hasta el 28 de junio, en el Registro on-line de la Cámara Nacional Electoral.
Posteriormente, la Justicia Nacional Electoral (a través de las representaciones consultares) te enviará un sobre con la documentación necesaria para que puedas emitir tu voto.
Luego, deberás enviar el sobre de devolución que contiene tu voto por correo postal, sin costo, a la representación diplomática o consular correspondiente, teniendo en cuenta que deberá ser recibido por éstas, a más tardar hasta las 12.00 hs. (hora local) del último día hábil anterior a los comicios. También podés depositarlo personalmente en los buzones que al efecto se instalen en la Embajada o representación consular. Los sobres recibidos después de esa fecha serán destruidos.
Recordá que, una vez que estés inscripto/a en el padrón de electores por correo postal, no podrás votar en la Embajada o representación consular.